Si el amparo se endereza sobre la resolución de un Juez, declarándose competente para conocer y resolver sobre las costas causadas en otras instancias, la suspensión debe concederse mediante fianza, puesto que no se causan daños o perjuicios a la sociedad o al Estado; son reparables, mediante aquel requisito, los que se ocasionan a tercero, y de difícil reparación los que se causaran al agraviado con la ejecución del acto reclamado.
Amparo civil. revisión del incidente de suspensión 806/33. Estrada Jesús. 11 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.