Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361677
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/10/1933 00:00
EJECUCION, RESOLUCION QUE REVOCA EL AUTO QUE LA DESPACHA.

Si se reclama en amparo la resolución que revoca un auto ad exequendum, recaído en un juicio ejecutivo, la suspensión debe concederse mediante fianza, puesto que no se ocasiona daño o perjuicio a la sociedad o al Estado, al cancelarse el secuestro practicado, se seguirán a la parte quejosa perjuicios de difícil reparación, y los que se ocasionen a tercero, son reparables mediante fianza.

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2293/33. "Compañía Monterrey de Automóviles", S. A. 14 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.