Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361682
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 17/10/1933 00:00
INTERDICTO DE OBRA NUEVA.

Este interdicto procede siempre que se haga una construcción con la que se perjudiquen los derechos de un tercero y, consiguientemente, quien lo intenta debe probar: que es dueño de la cosa raíz o derecho que se dicen perjudicados; que existe una obra nueva: que ésta ocasiona los perjuicios reclamados y si se trata de una obra concluida, que no ha pasado un año después de la terminación de la obra, cuya destrucción se pretende.

Amparo civil directo 3264/31. Fernández Vicente. 17 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.