La conveniencia de ejecutar el acto reclamado, considerada desde el punto de vista económico, es materia que debe ser extraña al juicio de garantías, puesto que no envuelve cuestión alguna de orden jurídico.
Amparo civil en revisión 2644/26. Ministerio Público Federal. 18 de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.