El artículo 1295 del Código Civil de Coahuila, establece qué libros de contabilidad probarán en contra del que los presenta, y si en el fallo que se pronuncie, se admite que con ello únicamente se justifica que se hicieron abonos a favor del demandado y no como prueba plena que perjudique a éste, ningún agravio se le causa.
Amparo civil directo 116/32. Pérez de Abraham María. 18 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente