Si se alegan como agravios en el recurso de súplica, excepciones que no han sido opuestas al contestar la demanda, no deben tomarse en consideración tales agravios.
Recurso de súplica 109/33. Díez de Urdanivia Carlos. 28 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.