Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361736
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil, Laboral
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 31/10/1933 00:00
SALARIOS EMBARGO DE LOS, POR ALIMENTOS.

El artículo 95 de la Ley Federal del Trabajo, al declarar que el salario del trabajador no es susceptible de embargo, seguramente que tiene por objeto no sólo proteger los derechos meramente personales del obrero o trabajador, sino los intereses de la familia de éste, para que no carezca de lo necesario para subsistir; y por tanto, cuando se trata de los alimentos que corresponden a la esposa o a los hijos del trabajador u obrero, falta la razón de la ley, para estimar que no deben ser embargados, y no puede tener aplicación el citado artículo.

Amparo civil en revisión 1754/33. Tovar Adrián. 31 de octubre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.