Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361800
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 28/11/1933 00:00
EXCEPCIONES NO OPUESTAS.

Las excepciones que no hacen valer en el juicio, no deben ser materia de la sentencia, de acuerdo con el artículo 605 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

Amparo civil directo 4510/31. Reyes Vicente. 28 de noviembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.