Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361820
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/12/1933 00:00
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.

Si se alegan violaciones del procedimiento y no aparece que se haya cumplido con los requisitos que exige la fracción II del artículo 107 constitucional, los agravios que sobre ese punto se hagan valer no pueden tenerse en consideración.

Amparo civil directo 2955/28. Royval viuda de Alcocer María, sucesión de. 9 de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.