Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361890
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 20/05/1933 00:00
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.

Cuando en una demanda de amparo, se invoquen a la vez que la violación de leyes del procedimiento, las de leyes de fondo, la Suprema Corte, al dictar su sentencia, resolverá primero sobre aquéllas, absteniéndose de tocar las violaciones de leyes de fondo, siempre que encontrare justificadas las primeras y tenga que conceder por ellas, el amparo solicitado.

Amparo civil directo 2109/29. Diego Fernández Salvador. 20 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.