El decreto de 30 de septiembre de 1914, por el cual se restableció la administración de justicia del Distrito Federal, se publicó hasta el 3 de octubre siguiente, y, por tanto, no pudo surtir efectos sino hasta el día siguiente; así es que la prescripción negativa de las obligaciones, no pudo correr sino desde la citada fecha, en que los acreedores estuvieron en posibilidad de ejercer su acción ante los tribunales.
Recurso de súplica 131/31. Banco Central Mexicano, S. A. 9 de junio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.