Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 361963
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/06/1933 00:00
DEMANDAS DE AMPARO, RECHAZAMIENTO DE LAS.

La Suprema Corte, al revisar los autos que desechan demandas de amparo, no establece la verdad legal en cuanto a los motivos en que se apoyó el Juez para desecharlas, sino que sólo examina si esos motivos son de naturaleza tal, que hagan notoria la improcedencia del juicio de garantías, o si dejan duda respecto a ella, y si, por tanto, ha de optarse por su admisión, sin perjuicio de que el Juez estudie los motivos que evidencíen la improcedencia, una vez concluida la sustanciación.

Amparo civil en revisión 2572/31. Solórzano Amadeo. 13 de junio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.