Si de la declaración del acusado, se desprende que para realizar los actos impúdicos, ofreció a una niña de once años de edad, una pequeña cantidad de dinero, se desprende que sedujo a la menor, en esa forma.
Amparo penal directo 5348/35. Ulloa López Severo. 21 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLVII, página 3512, tesis de rubro "ESTUPRO, DELITO DE.".