Si no se demuestra legalmente el cuerpo del delito, el auto de formal prisión que se dicte en tales condiciones, es violatorio del artículo 19 constitucional.
Amparo penal en revisión 8063/36. Garduño Palacios Enrique. 23 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.