Para sentir un disparo, no es indispensable ver a quien lo hace, ya que el mismo produce una detonación perfectamente audible, y si éste se escucha a través de una puerta detrás de la cual acaba de verse a una persona que apunta una pistola en la dirección de quien acaba de cerrarla, es ostensible que esta persona tiene que sentirse amenazada con tal disparo, aun cuando en el momento preciso de su realización, no esté viendo a quien se lo hace.
Amparo civil directo 1338/36. Calderón de Uribe Lucina. 13 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.