Si la confesión calificada del reo no está desvirtuada por otra prueba, debe aceptarse en toda su integridad; y aun cuando de ella no aparezcan definitivamente comprobados los elementos de la excluyente de legítima defensa, por razón de justicia y de equidad, si el caso es dudoso, procede conceder el amparo contra la sentencia que desechó la citada excluyente.
Amparo penal directo 4498/36. Hernández Serrano Delfino. 27 de febrero de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.