La autoridad judicial debe disfrutar de plena independencia para valorar la prueba de indicios, pero siempre que ésta se establezca en forma que no vulnere las reglas tutelares que la informan.
Amparo penal directo 361/36. Romero Simón. 31 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.