Existe la calificativa de premeditación, si el acusado confiesa que causó la muerte a un individuo, después de haber reflexionado sobre el delito que iba a cometer, pues con anticipación decidió perpetrarlo y para ese efecto compró un arma, se ejercitó en su manejo y en dos ocasiones fue a buscar a quien después fue su víctima, con el objeto de privarlo de la vida.
Amparo penal directo 5601/33. Mejía Toriz Enriqueta. 8 de mayo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.