La suspensión debe negarse contra la resolución de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, otorgando concesión para explotar permisos de servicio de pasajeros en determinada ruta, puesto que, de concederse, se seguirían notorios perjuicios al interés general, al impedirse la ejecución del acto reclamado, que va encaminado al establecimiento de un nuevo servicio de transportes, en las carreteras nacionales, con beneficio del comercio y del público en general.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1224/36. Morales Juan P. 9 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVIII, página 3971. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1011/36. Ortiz Ramón. 9 de mayo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.