Para determinar si existe imitación de una marca, no debe tomarse como base las diferencias entre una y otra, sino las semejanzas que entre ellas se adviertan, para concluir, lógicamente, si en su conjunto pueden provocar confusión.
Amparo administrativo en revisión 4570/48. Monterrubio Bustillos Francisco. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.