Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 338380
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
REVISION.

Para que pueda tramitarse, es indispensable que la parte que promueve el recurso, exprese con la separación debida, en el escrito respectivo, los agravios que le cause la sentencia, y que acompañe las copias de dicho escrito, que la ley previene, y si no procede así, debe considerarse que la revisión no fue interpuesta en forma legal.

Amparo administrativo en revisión. Malo viuda de Briseño Sara y coagraviados. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.