Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2016286
Época: Décima Época
Materia(s): Constitucional, Administrativa
Tesis: I.4o.A.100 A (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/02/2018 10:25
CAMBIO DE DESTINO DE TIERRAS EJIDALES. EL REQUISITO DE CONTAR CON UN DICTAMEN U OPINIÓN TÉCNICA DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, IMPUESTO POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL EN SU CIRCULAR DJ/RAN/I-18 (DEROGADA) PARA CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN RELATIVO, CONSTITUYE UN LÍMITE CONSTITUCIONAL A LA AUTONOMÍA DEL EJIDO, AL TENER COMO FINALIDAD, GARANTIZAR LA CONSERVACIÓN DE UN MEDIO AMBIENTE SANO.

El requisito que impone el Registro Agrario Nacional en su Circular DJ/RAN/I-18 -derogada por la diversa Circular Número 03/2017, relativa a los trámites que requieren dictamen u opinión técnica de la Dirección General de Gestión Forestal y Suelos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), de 22 de febrero de 2017- para continuar con el trámite de inscripción de los cambios de destino de tierras ejidales que adopta la asamblea de ejidatarios, consistente en contar con un dictamen u opinión técnica de la dependencia mencionada, encuentra su justificación en el artículo 59 de la Ley Agraria, en cuanto a que condiciona la continuidad del proceso de inscripción a la verificación, por la autoridad competente de la SEMARNAT, de la no existencia de bosques o selvas tropicales en las parcelas de que se trate. Dicho requisito constituye un límite constitucional a la autonomía del ejido, al tener como finalidad, garantizar la conservación de un medio ambiente sano, mediante la implementación de un requisito de carácter preventivo y superable, que no afecta de manera grave los derechos de aquél.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 327/2017. Comisariado Ejidal del Ejido Leona Vicario, Municipio de Benito Juárez en el Estado de Quintana Roo. 15 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermina Coutiño Mata. Secretario: Emmanuel González Estrada.

Esta tesis se publicó el viernes 23 de febrero de 2018 a las 10:25 horas en el Semanario Judicial de la Federación.