Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 215854 de 244391
Tesis
Registro digital: 336077
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/11/1934 00:00
FIANZA PARA LA SUSPENSION.

No es admisible la razón de que encontrándose garantizados los perjuicios que pudieran causársele al demandado, con el necesario aseguramiento que para el juicio de oposición contra el fisco federal debe hacer el opositor, procede conceder la suspensión sin fianza, toda vez que el aseguramiento sólo sirve para garantizar el objeto de la controversia, y no los perjuicios que se ocasionen a tercero con la suspensión, por lo que, de acuerdo con la fracción II del artículo 55 de la Ley de Amparo, debe concederse dicha medida mediante fianza.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 433/33. Ravizé Manuel S. 1o. de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.