Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 336533
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/09/1933 00:00
DEFICIENCIA DE LA QUEJA EN LOS AMPAROS ADMINISTRATIVOS.

Los amparos administrativos son de estricto derecho y, por consiguiente, no cabe en ellos suplir la queja, como se hace en los amparos en materia penal.

Amparo administrativo en revisión 367/32. Mendoza Alejandro y coags. 25 de septiembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.