Si se demuestra que la liquidación respectiva del impuesto sobre herencias y legados, en parte es legal y en parte no, resulta que los recargos respectivos deben relacionarse con la mencionada liquidación y sujetándose a ella, establecer si deben hacerse efectivos dichos recargos.
Amparo administrativo en revisión 12007/32. Hernández Larrauri Antonio. 4 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.