Si existe alguna diferencia entre el peso que realmente tuvieren los metales que se exportan y el que aparece señalado en la factura de tránsito, no puede tal hecho estimarse como un medio artificioso para ocultar la exportación, y a lo sumo ese hecho demostrará una falta de acuciosidad por parte de la oficina que expidió la factura.
Amparo administrativo en revisión 3727/33. Bernal José Luis. 8 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.