Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 336655
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/05/1933 00:00
AMPARO, PROCEDENCIA DEL.

Para que proceda el juicio de garantías, no basta que determinado hecho ejecutado por alguna autoridad, sea violatorio de un precepto legal, sino que es indispensable que esa violación se cometa con menoscabo de las garantías individuales.

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 682/33. Rivera Daniel. 8 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.