La Segunda Sala de la Suprema Corte, ha establecido que cuando la ley establece un recurso ante la autoridad superior administrativa, y con motivo de ese recurso se han revisado los actos del inferior, el amparo procede contra la resolución dictada en revisión, sin que sea preciso ocurrir previamente al juicio de oposición.
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 100/33. Cevallos Ramón C. 12 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.