Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 336670
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/05/1933 00:00
CONTRIBUCIONES, CONVENIO SOBRE EL PAGO DE LAS.

Si un causante celebra un arreglo con el gobierno de un Estado, por el que se le concede un plazo razonable para liquidar su adeudo de impuestos, y no obstante tal convenio, se mandan sacar a remate bienes pertenecientes al propio causante, para hacerse efectivo el pago de aquellos impuestos, este procedimiento es violatorio de las garantías que consagran los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que con él se causan al quejoso, molestias infundadas e inmotivadas, por falta de cumplimiento del aludido convenio.

Amparo administrativo en revisión 4027/27. Becerra Jacinto y Pantaleona, sucesiones de. 19 de mayo de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.