Cuando el acto reclamado consiste en la expropiación dictada por una autoridad administrativa, sin que se justifique la utilidad pública que entraña tal expropiación, procede conceder la suspensión mediante fianza, siempre que se limite esa medida, a mantener las cosas en el estado en que se encuentran.
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1562/32. Certucha Carlos A. 8 de julio de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: Paulino Machorro y Narváez, y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.