Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 336715
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 25/07/1933 00:00
CONTROLARIA, FACULTADES DEL DEPARTAMENTO DE.

De acuerdo con el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Contraloría, ésta tuvo a su cargo, hasta antes de su extinción: la fiscalización de los fondos y bienes de la nación, y de aquéllos que están bajo la guarda del Gobierno Federal; la glosa de las cuentas de oficinas, funcionarios y agentes que manejan fondos y bienes de la nación o administrados por el Gobierno Federal; la contabilidad de la hacienda pública federal, etcétera, disposiciones que se encuentran desarrolladas en diversos capítulos de la propia ley, que regulan municiosamente cada una de las facultades otorgadas al citado departamento, y tanto del examen de las disposiciones mismas del capítulo 1o., como de los capítulos que las reglamentan, se desprende que no hay una sola prevención de la ley que encomiende a la contraloría la función de revisar o de revocar los actos de las secretarías de Estado, en general, ni de la Secretaría de Guerra en particular, por lo que careció de atribuciones para revisar una pensión concedida a determinada persona, y para mandar suspender su pago, actos que resultan violatorios de los artículos 14 y 16 constitucionales.

Amparo administrativo en revisión 2078/32. López viuda de Villaseñor Manuela. 25 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.