Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 336813
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 23/02/1933 00:00
CONCESIONES, OPOSICION A LAS.

El expediente administrativo, sustanciado por causa de la oposición de un tercero a la confirmación de derechos que otorga una concesión petrolera, forma parte integrante del expediente formado ante las autoridades judiciales, cuando deben resolver sobre esa oposición; por tanto, si en dicho expediente administrativo se exhibieron los títulos en que se funda el opositor; éstos vienen a formar parte de las constancias de los autos judiciales respectivos, aun cuando sólo obren en copia certificada; y aunque el artículo 266 del Código Federal de Procedimientos Civiles, exige que los documentos privados se presenten originales, para que los interesados conociendo no sólo el texto de aquéllos, sino principalmente, las firmas de quienes suscriben y todos sus pormenores pueden redargüirse de falsos u objetarlos, la finalidad de ese artículo está completamente cumplida, si las constancias de autos demuestran que la contraparte del opositor ha visto en el expediente administrativo, los títulos originales.

Amparo administrativo directo 10002/32. "Compañía Petrolera y Comercial", S. A. 23 de febrero de 1933. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Enrique Osorno Aguilar. Relator: Luis M. Calderón.