Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2016910
Época: Décima Época
Materia(s): Común, Penal
Tesis: III.2o.P.145 P (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 18/05/2018 10:23
AUTO DE LIBERTAD DECRETADO EN LA CALIFICACIÓN DE LA DETENCIÓN DEL IMPUTADO. AL NO AFECTAR MATERIALMENTE LOS DERECHOS SUSTANTIVOS DEL QUEJOSO, EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO EN SU CONTRA ES IMPROCEDENTE.

El hecho de que el Juez de control, al calificar de ilegal la detención del imputado, emita auto de libertad, aunque constituye un acto dentro de juicio, no se trata de uno cuya ejecución sea de imposible reparación; por tanto, no se encuentra en los supuestos de procedencia del amparo indirecto; lo anterior, pues no es un acto que afecte materialmente los derechos sustantivos del quejoso, en virtud de que la resolución citada no produce de manera inmediata una afectación a algún derecho fundamental; en todo caso, con ese acto no se impide la continuación de la investigación, pues el Ministerio Público podrá solicitar al Juez de control, ya sea una orden de citación, comparecencia o aprehensión contra el imputado y, una vez ejecutada, el Juez de control reanudará la audiencia inicial para, en su momento, vincular o no a proceso.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Queja 329/2017. 11 de enero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis González. Secretaria: Saira Lizbeth Muñoz de la Torre.


Esta tesis se publicó el viernes 18 de mayo de 2018 a las 10:23 horas en el Semanario Judicial de la Federación.