La regla general de exhibir copias de la demanda de amparo para traslado a las partes en el juicio, constituye un requisito procesal de observancia estricta, cuya omisión tiene como consecuencia que el órgano del conocimiento prevenga al quejoso para que exhiba copias suficientes para traslado a la totalidad de las partes y, si no lo hace así, tendrá por no presentada la demanda.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Queja 191/2017. Dulce Helen Rodarte Alemán. 11 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Manuel Ayala Reyes.