Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2017080
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: VII.1o.C.15 K (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/06/2018 10:07
PRUEBAS. CUANDO EN LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN SE ARGUMENTA QUE FUERON VALORADAS INCORRECTAMENTE, ELLO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN DE FONDO.

En aquellos casos en que en los conceptos de violación se argumenta que se cometió una violación procesal porque las pruebas fueron valoradas incorrectamente; dicha afirmación debe calificarse de infundada, porque las violaciones procesales, por su propia naturaleza, ocurren durante la tramitación del juicio, pero las violaciones relacionadas con la valoración de las pruebas, aplicación o interpretación de la ley, de existir, serían de la propia sentencia y no constituyen una violación de índole procesal, por lo que debe analizarse el concepto de violación como una violación de fondo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 289/2017. Axa Seguros, S.A. de C.V. 8 de marzo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Vázquez Camacho. Secretario: Antonio Bandala Ruiz.


Esta tesis se publicó el viernes 01 de junio de 2018 a las 10:07 horas en el Semanario Judicial de la Federación.