Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2017103
Época: Décima Época
Materia(s): Penal
Tesis: I.6o.P.110 P (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/06/2018 10:14
AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO. AUN CUANDO EL IMPUTADO Y SU DEFENSA NO HAYAN TENIDO ACCESO A UN DATO DE PRUEBA QUE OBRA EN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN, PORQUE EL MINISTERIO PÚBLICO NO LES CORRIÓ TRASLADO, SI SE ADVIERTE QUE DICHO DATO NO FUE CONSIDERADO PARA LA EMISIÓN DE AQUÉL, NO DEBE ORDENARSE LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO, AL NO TRASCENDER ESA VIOLACIÓN A LAS DEFENSAS DEL QUEJOSO.

De acuerdo con el principio de lealtad que rige en el nuevo sistema penal de corte acusatorio, corresponde al Ministerio Público proporcionar la información que se necesite, y no ocultarla a los intervinientes; por ello, en los supuestos en los que el imputado y su defensa no hayan tenido acceso a un dato de prueba que obre en la carpeta de investigación, porque dicho órgano ministerial no les corrió traslado en términos de ley, y que esos datos no hubieren sido considerados para emitir el auto de vinculación a proceso, no debe ordenarse la reposición del procedimiento, al no haber trascendido esa violación a las defensas del quejoso, por no haberse materializado una afectación en sus derechos.



SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 77/2017. 7 de diciembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: María Elena Leguízamo Ferrer. Secretaria: Gabriela Rodríguez Chacón.


Amparo en revisión 78/2017. 7 de diciembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: María Elena Leguízamo Ferrer. Secretaria: Gabriela Rodríguez Chacón.

Esta tesis se publicó el viernes 08 de junio de 2018 a las 10:14 horas en el Semanario Judicial de la Federación.