Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Mostrando solo tesis del 14/07/1938
Tesis
Registro digital: 1012860
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Tesis: 260
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Jurisprudenciales
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/07/1938 00:00
COMPRAVENTA, PRUEBA DE LA.

No es cierto que la venta de un bien inmueble sólo puede acreditarse con el testimonio del contrato respectivo, pues cuando se trata sólo de acreditar entre los contratantes el mero hecho de que la venta se realizó, este hecho es prácticamente susceptible de acreditarse por pruebas testimonial y presuntiva.


Amparo civil directo 2649/27.—Mora viuda de Sosa Victoria.—6 de mayo de 1929.—Cinco votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.


Juicio ordinario contra la nación 2/29.—Pereyra Abel y Dolores Pereyra de Pereyra, sucesiones acumuladas.—7 de abril de 1930.—Mayoría de ocho votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 3731/31.—Pazarán Eufemia.—27 de octubre de 1933.—Cinco votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo civil directo 1272/30.—Silva Pilar.—17 de agosto de 1934.—Unanimidad de cuatro votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo civil directo 4019/36.—Alverde Nicolás y coag.—14 de julio de 1938.—Mayoría de cuatro votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente.


Apéndice 1917-2000, Tomo IV, Materia Civil, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 126, Tercera Sala, tesis 153.