No pueden considerarse consentidos para los efectos del amparo, los autos judiciales respecto de los cuales está pendiente, ante los tribunales comunes, alguno de los recursos que las leyes conceden.
Amparo civil en revisión 1558/27. Madero Francisco I., sucesión de. 19 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.