Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2017467
Época: Décima Época
Materia(s): Común
Tesis: (I Región)6o.1 P (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/07/2018 10:20
REVISIÓN EN AMPARO INDIRECTO. EL COORDINADOR GENERAL DE CENTROS FEDERALES DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL DEPENDIENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER ESE RECURSO, CONTRA LA SENTENCIA QUE DECLARÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE SU RESOLUCIÓN RECAÍDA A LA INCONFORMIDAD INTERPUESTA POR UN INTERNO CONTRA LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS.

Del artículo 87 de la Ley de Amparo, se advierte que los órganos judiciales o aquellos que realicen materialmente la función jurisdiccional, no están facultados para interponer el recurso de revisión en amparo indirecto, pues además de carecer de interés en la subsistencia del acto reclamado, de hacerlo, estarían actuando de manera parcial en favor o en contra de alguna de las partes. En esa virtud, el coordinador general de centros federales del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social dependiente de la Comisión Nacional de Seguridad de la Secretaría de Gobernación, al dictar la resolución con la que resolvió la inconformidad de un interno contra la imposición de medidas disciplinarias y respecto de la cual se determinó su inconstitucionalidad, carece de legitimación para interponer el medio de impugnación citado.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN CUERNAVACA, MORELOS.

Amparo en revisión 51/2017 (cuaderno auxiliar 404/2017) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, con apoyo del Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos. 31 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Rigoberto Baca López. Secretaria: Blanca Fuentes Sánchez.


Amparo en revisión 430/2017 (cuaderno auxiliar 832/2017) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, con apoyo del Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos. 22 de febrero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Pablo Bonifaz Escobar. Secretario: Francisco Manuel Díaz y Rea.


Nota: La denominación actual del órgano emisor es la de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito.

Esta tesis se publicó el viernes 13 de julio de 2018 a las 10:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.