Cuando se hayan practicado dos autopsias sucesivas a un cadáver, por dos médicos oficiales, debe tenerse como comprobado el cuerpo del delito de homicidio, toda vez que la fracción II del artículo 557 del Código de Procedimientos Penales de dicho Estado, no exige que esa operación sea efectuada simultáneamente por dos médicos.
Amparo 2484/33. Amador Aguilera. 1o. de febrero de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.