Uno o mas carros, plataformas o locomotoras, arrendados por la quejosa, no constituyen el conjunto del material rodante de un ferrocarril, no son inmuebles, si no muebles por su naturaleza.
Amparo 875/38. American Smelting and Refening Company. 23 de abril de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.