Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 816610
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 26/01/1938 00:00
LEYES FEDERALES. SU PUBLICACIÓN EN LOS ESTADOS.

La obligación que a los gobernadores de los Estados impone el artículo 120 de la Constitución, de publicar y hacer cumplir las leyes federales, no presupone que la falta de cumplimiento a esa disposición implique la no vigencia de las leyes federales en las entidades federativas, cuando aquellas mismas señalen la fecha en que entren en vigor y hayan sido publicadas debidamente en el periódico oficial de la Federación.

Amparo 7346/37. Sobreyra de Soto María G. 26 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.