Contra lo que sustentaban las teorías antiguas, la teoría moderna establece reglas para acreditar el derecho de propiedad, estudiando la situación del reivindicante, en relación con la situación del demandado, para decidir qué título o derecho es mejor: así, cuando sólo el reivindicante tiene título de propiedad, ese título basta para tener por probado el derecho del actor, siempre y cuando el título sea anterior a la posesión; pues en caso contrario, es decir, si la posesión es anterior al título, entonces no es bastante éste, sino que es necesario que el reivindicante presente un título anterior a la posesión.
Amparo 6241/34. Andrés Ramírez. 21 de mayo de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLIV, página 4858.