Tratándose de un delito de esta índole la confesión del acusado por la que acepta haberse introducido a una casa habitación sin la autorización correspondiente no hace por si sola prueba plena en contra de su autor, por ello no impide que sea utilizada como uno de los elementos que asociado a las obtenidas de otras declaraciones constituyan en conjunto probanza plena.
Amparo directo 7107/36. Menéndez José. 11 de febrero de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.