Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 816728
Época: Quinta Época
Materia(s): Penal
Instancia: Primera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/12/1936 00:00
ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL.

Es violatoria de garantías individuales la sentencia definitiva pronunciada por la autoridad judicial, cuando aprecia de manera incorrecta los hechos que constan de autos, y condena al inculpado por un delito distinto del que realmente aparece cometido. De consiguiente, si de la prueba que sirvió de base para condenar, resulta que se cometió el delito de amenaza, y no el de injurias que motiva el fallo condenatorio, es procedente conceder la protección constitucional, por inexacta aplicación de la ley represiva.

Amparo directo 5938/36. Enríquez Miguel D. 4 de diciembre de 1936. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.


Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tomo II, Parte SCJN, página 41, jurisprudencia 72, de rubro: "CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE LA, EN LA SENTENCIA."