Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 816758
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 17/01/1938 00:00
NOTIFICACIONES.

Aunque el tercero perjudicado en el juicio de garantías sea una autoridad, las notificaciones deben hacérsele por medio de lista, puesto que la ley solo exige que se notifique por medio de oficio a las autoridades responsables.

Recurso de reclamación 6740/37. Bravo Zamudio José. 17 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.