No todas las violaciones de procedimiento ameritan la protección de la justicia federal, sino únicamente aquellas que por si solas constituyen un atentado a las garantías Constitucionales por producir un perjuicio irreparable.
Amparo 1717/38. Sáenz Victoria y coagraviada. 8 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.