Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 816829
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 10/04/1935 00:00
APLICACION DEL DERECHO COMUN EN MATERIA DE TRABAJO.

Los artículos 20, 1851, 1852 y 1856 del Código Civil del Distrito Federal que consignan reglas para la interpretación de los contratos, no tienen aplicación en materia de trabajo en virtud de que el derecho industrial, por su misma naturaleza, es radicalmente distinto del derecho civil, ya que aquél es fundamentalmente protector de una clase social, carácter que no tiene éste, resultando de esto que en derecho industrial, la interpretación de los contratos tienen que regirse forzosamente por otras normas, siendo la principal, la de que en caso de duda la interpretación debe hacerse en favor del obrero.

Amparo 4692/34. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de abril de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.