Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 816832
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 11/04/1938 00:00
ANOTACION PREVENTIVA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.

No causa perjuicios irreparables y no es, por tanto, reclamable en amparo, porque su validez queda sujeta a la resolución judicial de la autoridad responsable, en su oportunidad, como lo establece la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Coahuila.

Recurso de revisión 1781/36. Garza Farías David. 11 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.