Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2017675
Época: Décima Época
Materia(s): Civil
Tesis: I.12o.C.56 C (10a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 24/08/2018 10:32
FIANZAS. LAS CONDICIONES O ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN CADA UNA DE LAS PÓLIZAS, SON VINCULANTES PARA EL BENEFICIARIO.

De acuerdo con los artículos 117 y 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas abrogada, las condiciones o estipulaciones contenidas en cada una de las pólizas de fianza, son vinculantes para el beneficiario desde el momento en que las toma y acepta, dichas pólizas son documentos que tutelan su derecho a ejercer ante la afianzadora, ello porque la mecánica operativa de la fianza frente al beneficiario, es una estipulación a favor de un tercero que convienen la fiada, la solicitante de la fianza (obligado principal) y la institución de fianzas, justo en favor de aquél, beneficiario de ésta; por tanto, si la beneficiaria de las pólizas es la parte actora en el juicio especial de fianzas, resulta evidente que las estipulaciones contenidas en cada una de las pólizas, son vinculantes para el beneficiario desde que aceptó aquellas fianzas.


DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 769/2017. 20 de abril de 2018. Mayoría de votos. Disidente: Gonzalo Arredondo Jiménez. Ponente: Adalberto Eduardo Herrera González. Secretario: César Escamilla Vásquez.

Esta tesis se publicó el viernes 24 de agosto de 2018 a las 10:32 horas en el Semanario Judicial de la Federación.